El derecho de participar

Dentro de un mes los españoles serán los primeros ciudadanos de la UE llamados para dar en referéndum su opinión sobre el proyecto de Constitución Europea. Si la participación en las tareas del Estado es el derecho primordial de los ciudadanos, la obligación de acudir a las urnas debería de ser la misma que la de pagar impuestos o la de respetar las leyes bajo pena de la sanción. Los ciudadanos serán libres de votar sí o no, o de votar en blanco. Pero no pueden dejar de participar en una tarea que es fundamental para el buen orden de la sociedad. Muchos sufrimientos han padecido millones de personas por no poder ejercer este derecho fundamental. Igual que no puede dejarse al arbitrio individual la obediencia a las leyes, tampoco puede ser admisible el abdicar de una responsabilidad semejante en defensa del bien común que alcanza a todos los ciudadanos sin distinción alguna. Los derechos universales están por encima de las nacionalidades, de los privilegios o de cualquier otra instancia que no dependa del arbitrio de sus dirigentes ni de grupo social, político, religioso o económico alguno.
En ello nos va el derecho a una vida digna, libre y presidida por la justicia. Nunca podremos ejercer el derecho a quejarnos si no participamos en las consultas que tienen que ver con las leyes fundamentales. Y esta Constitución lo será por encima de todos los ordenamientos de los diferentes países que componen la Unión Europea.
Ante el fantasma de una gran abstención y puesto que en algunos países de la UE no es obligatorio el votar, expresamos nuestra opinión de por qué es conveniente dotarnos de una Constitución que garantizará nuestros derechos y deberes. Dejando bien asentado que toda norma que se den los ciudadanos es por su propia naturaleza modificable de acuerdo con los requisitos que en ella se fijan.
Esa Constitución llena de contenido el concepto de ciudadanía europea por su carácter jurídico vinculante. Garantiza los valores de la UE que incluyen la paz, la democracia, los derechos fundamentales, la igualdad entre todos, la justicia, la solidaridad, la economía libre de mercado, el pleno empleo, el desarrollo sostenible, la no-discriminación bajo ninguna causa y la erradicación de la pobreza. Introduce el concepto de democracia participativa y crea la iniciativa legislativa popular europea. Establece la orientación federal de la UE que tantas confrontaciones en nombre de los nacionalismos puede llegar a superar. Ante un mundo lleno de conflictos bajo la hegemonía de unas pocas potencias dota a la UE del necesario protagonismo en política exterior y defensa, garantiza el multilateralismo, la legitimidad de la ONU y el respeto al derecho internacional por encima de cualquier prepotencia interesada. Establece las bases de la política de cohesión económica, social y territorial. Otorga a la UE personalidad jurídica propia así como garantiza que las Leyes de la Unión serán aprobadas por el Parlamento Europeo y el Consejo Europeo. Extiende el uso de la mayoría cualificada mediante el doble criterio de población y número de Estados en contra de la unanimidad que tantas iniciativas para el bien común han paralizado. Y lo que no es poco, clarifica la división de poderes, clave de un auténtico Estado de Derecho, mediante un poder legislativo de dos Cámaras formado por el Consejo y el Parlamento Europeo; consolida la Comisión Europea como auténtico gobierno de la Unión y crea la necesaria figura del presidente estable del Consejo Europeo y el Ministro de Asuntos Exteriores.
No sólo tiene en cuenta a los parlamentos nacionales para las decisiones de la Unión sino que lo refuerza así como el papel de las regiones, las ciudades y los municipios.
¿Qué podemos oponer a esta panoplia de derechos y de garantías? ¿En nombre de qué valores o privilegios se puede obstaculizar la entrada en vigor de esta Carta Magna de Derechos Fundamentales?
Si alguien prefiere el desorden y la confusión no está colaborando en la consolidación de esa comunidad sociopolítica tan necesaria para los ciudadanos europeos y, mediante el ejercicio de la justicia y de la solidaridad, la garantía de convertir los derechos universales de todos los seres humanos en derechos sociales eficaces que puedan ser reclamados ante los tribunales.
Un ordenamiento con semejantes garantías jurídicas es necesario para contribuir como Entidad soberana al progreso de todos los demás pueblos, a su libertad y a que puedan vivir en un ambiente general de justicia social.
No participar en estas consultas supondría un acto irresponsable que nos devolvería al caos de un mundo presidido por los egoísmos, las dictaduras financieras y de las potencias hegemónicas de turno, las guerras, el hambre y la desesperación de las gentes expresada no pocas veces por fundamentalismos y prácticas terroristas de Estados y de grupos criminales.
La paz como fruto de la justicia debe ser la aspiración fundamental de toda sociedad organizada, la cual producirá esa seguridad que algunos pretenden torticeramente que es el objetivo fundamental de los Estados.

José Carlos Gª Fajardo

Este artículo fue publicado en el Centro de Colaboraciones Solidarias (CCS) el 07/01/2005